La vacunación frente al SARS-CoV-2 causante de la COVID-19, ocupa diariamente la información de los medios de comunicación, por su importancia como la medida más eficaz para prevenir esta enfermedad junto al resto de medidas preventivas también imprescindibles que deben mantenerse, independientemente de haber recibido o no dicha inmunización.
Tanto es así, que puede parecer que se haya olvidado que, existen otras enfermedades infecciosas prevenibles a través de la vacunación. Por suerte disponemos de muchas vacunas que han salvado y salvan vidas, o disminuyen la morbilidad frente a determinados patógenos, o han llegado a erradicar enfermedades infecciosas.
Gracias a las vacunas se ha erradicado la viruela y está cerca de erradicarse la poliomielitis en el mundo, el sarampión ha dejado de ser un problema frecuente en nuestro medio que causaba frecuentemente encefalitis, prácticamente no tenemos casos de difteria y ha disminuido mucho la incidencia de tos ferina, tétanos, hepatitis B, meningitis meningocócicas, etc.
Determinadas actividades laborales, implican exposiciones potenciales de los trabajadores a agentes biológicos, para los cuales se dispone de vacunas eficaces.
El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, BOE: nº 124 24-05-1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo indica referente a la vacunación, que cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación. El ofrecimiento al trabajador de las mismas y su aceptación, deberán constar por escrito.
La vacunación es una de las estrategias preventivas más eficaces frente a las enfermedades infecciosas y una obligación para la empresa su ofrecimiento, cuando exista riesgo de exposición laboral a agentes biológicos que dispongan de una vacuna eficaz.
La vacunación en el entorno laboral tiene una justificación sociosanitaria, ética económica y normativa:
Como indica la NTP 384: La inmunización activa: una herramienta de prevención del INSHT, la vacuna se define como una sustancia extraña al organismo, compuesta por antígenos o determinantes antigénicos (partes de los gérmenes), capaz de inducir una respuesta protectora a través de la estimulación del sistema inmunitario (sistema defensivo) del huésped (individuo) mediante la producción de anticuerpos y/o activación de células inmunocompetentes (defensas) y de generar memoria inmunológica.(mantenidas en el tiempo).
Es decir, son sustancias antigénicas que se administran al individuo sano para producir inmunidad activa (defensas específicas) frente al agente infeccioso a través de la producción por el propio organismo de anticuerpos o respuesta inmunitaria celular o ambas, lo que conocemos como defensas.
Las vacunaciones se dividen en Sistemáticas que son las aplicadas a la totalidad de la población, excepto si el individuo tiene contraindicaciones, por su interés individual y comunitario en los programas de Salud Pública a través de los calendarios vacunales, las No sistemáticas que se aplican de forma individual según circunstancias personales o ambientales de los trabajadores o ante un brote epidémico, entre ellas las dirigidas a determinados grupos definidos específicos de riesgo por su ocupación.
Estas vacunaciones no sistemáticas en relación a su actividad laboral están indicadas fundamentalmente, tal como indica la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997, en trabajadores que:
Cuando la exposición a los agentes biológicos deriva de una actividad con intención deliberada de utilizar o manipular el agente, deberán conocerse cuáles son los microorganismos y actuar en consecuencia. Cuando la exposición a los agentes biológicos no implica esa manipulación, ni el contacto directo o el uso deliberado del agente, se procederá al ofrecimiento de las vacunas frente a los agentes más frecuentes.
Principales grupos de riesgo |
Personal sanitario, de laboratorios clínicos y de investigación microbiológica |
Personal bomberos, policías, protección civil, etc. |
Trabajadores de instituciones penitenciarias, geriátricos, centros de discapacitados psíquicos, atención al público, asistencia social, etc. |
Trabajadores no sanitarios expuestos a sangre, pinchazos u otros fluidos contaminantes como manicuras, pedicuras, tatuajes y piercing. |
Trabajadores docentes, en especial de guarderías y parvularios. |
Trabajadores en contacto con medios acuáticos insalubres como colectores, aguas estancas o contaminadas; vigilancia y saneamiento ambiental, funerarias, etc. |
Personal de limpieza en contacto con residuos y trabajadores de lavanderías. |
Trabajadores de centros de producción o manipulación de alimentos. |
Trabajadores en contacto con animales salvajes. |
Trabajadores que por motivos laborales viajen a zonas endémicas. |
Trabajadores inmigrantes insuficiente o incorrectamente va cunados. |
Fuente: Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997 |
La administración de las vacunas frente a agentes biológicos laborales, cuya responsabilidad de ofrecimiento es del empresario, la efectúa el personal sanitario del Servicio de Prevención, siendo éste quien las planifique y supervise.
En España no existe ningún imperativo legal que obligue a vacunarse a los trabajadores expuestos a riesgos biológicos, aunque algunos de los colectivos expuestos se llevan a cabo en base a ordenanzas particulares y convenios colectivos.
La vacunación será totalmente gratuita para el trabajador (entre otros, artículo 14.5 de la LPRL) y voluntaria, aunque la no aceptación puede suponer, en ciertos puestos de trabajo y para ciertas enfermedades, la consideración de No Apto en razón de la necesidad de la protección de terceros, según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997.
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