Desde 2018, más de 20.000 trabajadores han recibido ya estas formaciones homologadas, lo que suponen una cifra muy alta si tenemos en cuenta que muchos de los profesionales del sector no realizan trabajos de campo. Sin embargo, según el Informe anual de accidentes de trabajo en España editado por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M. el índice de incidencia del sector aumentó en un 18,8 % en el año 2021 respecto del 2020
El estándar de formación TELCO especifica los requisitos que debe tener la formación para los trabajadores del sector de las telecomunicaciones en prevención de riesgos laborales.
Esta normativa entró en vigor en el año 2018 y provoca que los trabajadores del sector de las telecomunicaciones deban realizar estas formaciones obligatoriamente.
El objetivo principal no fue otro que el establecer unos criterios y requisitos mínimos, garantizando la seguridad y salud de todo trabajador que preste sus servicios dentro del sector de las telecomunicaciones.
Para ello se establecieron como obligatorios los siguientes cursos:
En línea con lo anterior, se actualizó y firmó una 2ª edición del acuerdo, cuya entrada en vigor tuvo lugar el pasado 28 de enero de 2021. Las principales novedades recaen sobre la duración de los reciclajes formativos, la inclusión de la formación "Altura Telco III" y la formación "Rescate en alturas Telco".
De este modo, y bajo la reciente actualización, el estándar de formación TELCO queda resumido de la siguiente forma:
CAPACITACIÓN |
TAREAS |
MODALIDA / DURACIÓN |
CADUCIDAD / HORAS RECICLAJE |
OPERACIONES TELCO |
OPERACIONES E INSTALACIÓN -CONVALIDA 2º CICLO* BAJO RD 1627: Obligatoria PRL 2º ciclo trabajos en instalaciones de teleco |
PRESENCIAL / 6H |
N/A |
ALTURA TELCO I |
TRABAJOS A MAS DE 2M. DE ALTURA EN ESCALERAS, ANDAMIOS, POSTES, CUBIERTAS, ETC. |
TEORICO-PRACTICA 6H (3HT + 3HP) |
3 AÑOS 4H (1HT+3HP) |
ALTURA TELCO II |
TRABAJOS A MAS DE 2 M. DE ALTURA EN TORRES DE ANTENA, CELOSIA Y TUBULARES, MASTILES Y CUBIERTAS NO TRANSITABLES |
TEORICO-PRACTICA 16H (4HT + 12HP) |
3 AÑOS 7H (2HT+5HP) |
ALTURA TELCO III |
TRABAJOS VERTICALES CON POSICIONAMIENTO MEDIANTE CUERDAS A VECES BAJO EL RD. 2177 |
TEORICO-PRACTICA 28H (4,5HT + 23,5HP) |
3 AÑOS SIN DETERMINAR |
RIESGO ELECTRICO TELCO |
MANIOBRAS, MEDICIONES, ENSAYOS Y VERIFICACIONES EN BT QUE REQUIEREN DE CAPCAITACIÓN COMO "AUTORIZADOS" |
TEORICO-PRACTICA 6H (5HT + 1HP) |
3 AÑOS 2H (1HT+1HP) |
ESPACIOS CONFINADOS TELCO |
TRABAJOS EN CAMARAS DE REGISTRO Y SUBTERRÁNEOS QUE REQUIEREN MEDIDAS DE ACCESO, PERMANENCIA Y RESCATE EN E.C. |
TEORICO-PRACTICA 6H (2HT + 4HP) |
3 AÑOS 4H (1HT+3HP) |
RESCATE EN ALTURAS |
DIRIGIDO AL PERSONAL QUE YA HA RECIBIDO FORMACIÓN EN ALTURAS TELCO II. Trabajos en antenas. |
TEORICO-PRACTICA 8H (2HT + 6HP) |
3 AÑOS SIN DETERMINAR |
Esta estandarización supone la obligatoriedad de que, antes del 1 de julio de 2021, todos los trabajadores TELCO que actúen bajo la subcontratación de las principales operadoras hayan sido formados bajo el estándar TELCO, con entidades homologadas y con la obtención de sus correspondientes certificados.
Hay que mencionar que, como ocurrió en el acuerdo de 2018, en esta nueva actualización también se establece un plazo transitorio y de adaptación para las formaciones de Altura Telco III y Rescate en Alturas Telco. Es decir, serán válidas las formaciones realizadas para este tipo de tareas con anterioridad al acuerdo, siempre y cuando antes del 1 de julio de 2024 se acojan a las formaciones según el estándar.
Por otro lado, interesa destacar las convalidaciones que se producen tras la realización de la formación bajo el estándar TELCO, ya que, en numerosas ocasiones, la falta de información hace que se prescinda de determinada formación necesaria u obligatoria para trabajar en el sector.
FORMACIÓN TELCO |
CONVALIDACIONES |
FECHA ENTRADA EN VIGOR |
FECHA OBLIGATORIEDAD |
COMENTARIOS |
OPERACIONES TELCO |
Convalidable con formaciones del Convenio Estatal del Sector del Metal (ver comentarios), siempre y cuando la empresa que haya impartido dicha formación esté homologada para impartir la formación OPERACIONES TELCO: (1) |
01/07/18 |
01/07/21 |
Desde 01/07/21 no se admite ninguna otra formación que no sea OPERACIONES TELCO o las siguientes formaciones del CEM:
|
TRABAJO EN ALTURA TELCO I |
NO CONVALIDABLE |
01/07/18 |
01/07/21 |
Desde 01/07/21 no se admite ninguna otra formación que no sea TRABAJO EN ALTURA PRL TELCO I |
TRABAJO EN ALTURA TELCO II |
NO CONVALIDABLE |
01/07/18 |
01/07/21 |
Desde 01/07/221 no se admite ninguna otra formación que no sea TRABAJO EN ALTURA PRL TELCO II |
TRABAJO EN ALTURA TELCO III |
Convalidable con el curso de OF-BASIC (40h) de ANETVA y similar IRATA, siempre y cuando la empresa que haya impartido dicha formación esté homologada para el Sector Telco (2) |
01/07/21 |
01/07/24 |
Hasta el 01/07/24 las empresas podrán presentar cualquier certificado de formación teórico- práctica de trabajos verticales que se viniera aceptando hasta la fecha siempre y cuando esté en vigor (fecha de realización + 3 años) Desde el 01/07/21 las nuevas formaciones deben cumplir el estándar incluido en el acuerdo |
RESCATE EN ALTURAS TELCO |
NO CONVALIDABLE |
01/07/21 |
01/07/24 |
Hasta el 01/07/24 las empresas podrán presentar cualquier certificado de formación teórico- práctica de Rescate en Alturas que se viniera aceptando hasta la fecha siempre y cuando esté en vigor (fecha de realización + 3 años) Desde el 01/07/21 las nuevas formaciones deben cumplir el estándar incluido en el acuerdo |
RIESGO ELÉCTRICO TELCO |
NO CONVALIDABLE |
01/07/18 |
01/07/21 |
Desde 01/07/21 no se admite ninguna otra formación que no sea RIESGO ELÉCTRICO TELCO No será obligatoria para aquellos trabajadores que sean CUALIFICADOS según RD 614/2001 |
ESPACIOS CONFINADOS TELCO |
NO CONVALIDABLE |
01/07/18 |
01/07/21 |
Desde 01/07/21 no se admite ninguna otra formación que no sea ESPACIOS CONFINADOS TELCO |
Nota Aclaratoria sobre la Formación del Art.19 de la ley de Prevención:
Queda a consideración de cada una de las empresas del sector TELCO el utilizar los contenidos del curso Operaciones TELCO como formación del puesto de trabajo siempre y cuando se ajuste a las necesidades de formación identificadas. No obstante, esta formación deberá cumplir con lo establecido en el art.19 incluido en la Ley 31/95:
En algunos casos será necesario emitir un certificado donde se indique que como SPP/SPA se valida dicha formación como la requerida legalmente en el art. 19 de la Ley 31/95 de PRL.
(2) Para que la formación ANETVA / IRATA sea convalidable con Telco 3 la entidad, empresa formadora, debe estar certificada por AENOR/AUDELCO al menos para poder impartir TELCO 2.
La formación TELCO debe ser impartida de forma exclusiva por empresas homologadas por el sector TELCO. La homologación debe realizarse mediante certificadores autorizados. Quirónprevención es una de las empresas homologadas para poder formar a alumnos del sector.
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