Sobre todo, en grandes ciudades, se está generalizando el transporte particular para pequeñas distancias con el uso de patinetes y bicicletas eléctricas, ya que resultan en ocasiones muy cómodas y rápidas respecto del uso del vehículo o moto privada o incluso el uso de transporte público.
Además, se están modificando las actuales calzadas por otras, donde ya está regulado el uso de esta alternativa al transporte de personas, que adicionalmente respetan mejor el medio ambiente en el centro de las grandes ciudades; con la ventaja de no tener restricciones respecto a su uso en estas zonas vigiladas.
A pesar de estas evidentes ventajas, aparecen, como en cualquier actividad humana, los riesgos y los accidentes (también laborales), que son cada vez más frecuentes, y en ocasiones, muy graves.
Por ello, debe conocerse los diferentes riesgos que pueden generar estos equipos que no son inocuos (no deben ser vistos o considerados como un juguete, si no como medios serios de transporte de personas), y saber las medidas preventivas, normas de circulación y medidas de protección necesarias para garantizar un mínimo de seguridad cuando las utilicemos.
Primero, debemos saber que estos equipos deben estar sometidos a las directivas comunitarias europeas 2006/42/CE y normas armonizadas como EN 15194, EN 62479, DIN EN ISO 4210, etc., que dan lugar a su marcado CE, que garantizan que han sido diseñadas conforme a estándares de seguridad, y que el fabricante del equipo se hace responsable de su diseño y correcta fabricación.
Por tanto, la primera medida preventiva es:
- No manipular la estructura, ni de su sistema de funcionamiento o velocidad.
La modificación o tuneado de estos equipos, aunque pueda parecer una mejora del producto, introduce riesgos inequívocos sobre la seguridad de su uso. El equipo, por ejemplo, no está diseñado ni el cuadro, ni las ruedas o los frenos si se introducen cambios en la velocidad máxima del vehículo. La velocidad máxima de estos equipos eléctricos no debe pasar de los 25 km/h. La alteración de esta velocidad incrementa el riesgo de accidente, y la normativa de seguridad vial obliga a velocidades superiores a 25 km/h entre otras cosas a:
Lógicamente, si el fabricante no ha diseñado el equipo para estas velocidades, no se hará responsable de los daños que se generen por estas modificaciones, ni los seguros cubrirán los daños propios o ajenos en caso de accidente.
Al ser vehículos eléctricos, disponen de una batería de bastante potencia y capacidad, por lo que el riego eléctrico es otro de los riesgos que tenemos que controlar. Las medidas preventivas son sencillas:
Las demás medidas preventivas, están relacionadas como cualquier otro vehículo que se conduzca en vías públicas, con las siguientes reglas de circulación:
- Aceras o zonas peatonales.
- Autopistas.
- Autovías.
- Vías urbanas e interurbanas con prohibición expresa.
Como recomendación final, indicar que estos vehículos, aunque sean de pequeñas dimensiones, no deben ser conducidos por cualquier lugar. Es habitual ver estos vehículos conducidos especialmente por adolescentes que pasan rápidamente de una acera, a un carril bici, a una vía urbana, un paso de peatones, etc.; sin mediar una pausa en la conducción, y sin verificar el entorno antes de acceder a las distintas vías. Las caídas o golpes que se pueden producir con otros vehículos de mayores dimensiones pueden costar demasiado al conductor de estos vehículos eléctricos.
Si se quiere circular con toda seguridad puede ir por vías por donde no circulen vehículos más grandes, o que estos tengan limitado su velocidad.
¡¡Evite accidentes con los patinetes y bicicletas eléctricas!!
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