Entra en vigor el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI)
El 12 de diciembre ha entrado en vigor el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI).(BOE nº 139 del 12.6.2017).
Dicho Real Decreto actualiza los requisitos establecidos en el Real Decreto 1942/1993 teniendo en cuenta la evolución de la técnica y de la normativa en esta materia, y tiene por objeto determinar las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.
El nuevo RIPCI se estructura en dos partes. La primera comprende el reglamento propiamente dicho y la segunda los tres anexos que contienen las disposiciones técnicas. En nuestra próxima revista Prevencionistas 27, a publicar en enero, analizaremos el nuevo RIPCI y su guía en un artículo detallado.
Como complemento al nuevo RIPCI, el Ministerio de Economía, Industria, y Competitividad publicó el 4 de diciembre de 2017, la Guía Técnica de Aplicación del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, de carácter no vinculante, y cuya intención final es facilitar la aplicación del nuevo RIPCI.
Incluye recuadros sombreados con aclaraciones, para ayudar a entender mejor el reglamento, intentando dar respuesta a las consultas más frecuentes que ha recibido al Ministerio.
También se han añadido al documento las aclaraciones que las Comunidades Autónomas, de forma consensuada, han estimado oportuno incluir con el objeto de facilitar el cumplimiento del reglamento dentro de sus respectivas competencias.
Parece ser que esta guía técnica se mantendrá actualizada por la Dirección General de Industria.
Enlace al nuevo RIPCI en la versión consolidada del BOE
Enlace a la Guía Técnica de Aplicación del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (84 págs. 1,5 Mb)
Enlace a la web del Ministerio de Economía, Industria, y Competitividad, en la que aparecerán las futuras actualizaciones de la Guía. El nombre de la versión actual incluye en su final "(rev. 1)"